Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se reanudan los términos procesales en el expediente D-12209, en el que se estudia la demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo (parcial) del artículo 8 de la Ley 1738 de 2014, por medio de la cual se prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010.
Igualmente, se ordena correr traslado de esta providencia al Procurador General de la Nación, por el término restante de que trata el artículo 7 del Decreto 2067 de 1991.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REANUDAR los términos procesales en el expediente Expediente D-12209 en el que se estudia la demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo (parcial) del artículo 8 de la Ley 1738 de 2014 "Por medio de la cual se prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010".
- SEGUNDO. ORDENAR que, por Secretaría General, se corra traslado del presente auto al señor Procurador General de la Nación, por el término restante de que trata el artículo 7 del Decreto 2067 de 1991.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se fijen en lista las disposiciones acusadas, por el término restante para ello, de que trata el inciso 2º del artículo 7 del Decreto 2067 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.